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VIGENCIA DE
LOS DERECHOS Y DEBERES
DEL PACIENTE RENAL |
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Introducción
En el Perú, en teoría la
salud esta cubierta por
el Ministerio de Salud y su red asistencial que
atienden a aproximadamente 19 millones
de peruanos, luego el Sistema de Seguridad Social
(Essalud) que atiende a cerca
de 6 millones de afiliados (solo 2´200,000 son aportantes), las entidades prestadoras
de salud (EPS) que dan cobertura a cerca
de 400,000 habitantes y las FFAA a 500,000
habitantes.
Sin embargo de los 19 millones de peruanos
que corresponde atender al Minsa, el 25%
de ellos no tiene acceso a ningún
servicio de salud pública debido a
problemas económicos, culturales, geográficos,
educación y, sobre todo, por la calidad
del servicio que se brinda pues en muchos
casos no resuelve el problema sino que lo
agrava
La insuficiencia Renal Crónica (IRC) es
un Problema de Salud Publica a nivel
mundial, no primordialmente por
tener tasas altas de incidencia
en la población, sino por la
magnitud de sus efectos socioeconómicos.
Solo el Seguro Social que da cobertura
a mas del 95 % de los pacientes en diálisis
en el Perú, brinda tratamiento a cerca
de 4,200 pacientes.
En los últimos años el Estado ha
logrado a través del Seguro
Integral de Salud (SIS) brindar servicios
de diálisis a la población
escolar. Sin embargo es conocido que
el SIS esta con problemas de financiamiento.
En Latinoamérica ,los estudios están básicamente relacionados a datos de la
ultima fase de la Insuficiencia Renal Crónica
(Grado IV, terminal),siendo las tasas muy
variables dependiendo de cada país en
función del sistema de salud que
rige la cobertura del tratamiento
de diálisis, así por ejemplo en Puerto Rico esta tasa es de
719 pacientes por millón
de población (pmp) , en USA de 1,160 pmp,
en Japón de 1050 pmp , en Brasil de 188
pmp , en Chile de 332 pmp , Uruguay
de 556 pmp y en nuestro pais de 111.1 pmp
(La Nefrología en Latinoamérica-
SLANH)
Las tasas de Incidencia son en
Puerto Rico de 276.9 pmp, en USA de
311 nuevos casos pmp y en
Perú de 44.2 pmp.
Es claro que las verdaderas tasas
en nuestro País deberían ser 3
o 4 veces mas, si es que la cobertura
de salud fuera Universal.
Así las aproximaciones
realizadas para el estadio final de la IRC estiman
una prevalencia de 600 pmp y una incidencia
de 100 pmp.
El Derecho a la Salud
El Derecho a la Salud se encuentra
reconocido en él articulo 7 de
la Constitución Política del
Perú (1993), dentro del capitulo relativo
a los derechos sociales y económicos
y culturales. Todos tienen derecho a
la protección de su salud, la del medio familiar
y la de la comunidad. En la ultima propuesta
de reforma constitucional se pretende retornar el
derecho a la salud al capitulo de los
derechos y deberes fundamentales de la persona.
La Salud no solo depende del derecho a
la educación, el trabajo, la vivienda
o la alimentación. Esta relacionado
con el disfrute de los derechos civiles y
políticos. El derecho a la no discriminación,
a la igualdad ante la ley, a estar
libre de tortura, a la libertad de
información. La defensa del derecho a
la salud involucra algunos de estos
derechos.
Según la Ley General de Salud (26842),
la responsabilidad del Estado en
la provisión de servicios de salud
publica es irrenunciable y es su deber intervenir
en la provisión de servicios de atención
medica con arreglo a principios de equidad.
Derechos de los Pacientes
Los usuarios tienen derecho a exigir que
los servicios que se dan para la atención
de su salud cumplan con niveles de calidad
aceptados en los procedimientos y practicas
profesionales. Así, los profesionales,
técnicos y auxiliares sanitarios son responsables por
los daños y perjuicios que
ocasionen al paciente por el ejercicio
negligente, imprudente e imperito de
sus actividades y el establecimiento de salud
o servicio medico de apoyo es solidariamente responsable con
ellos cuando exista relación
de dependencia.
Algunos principios básicos,
sobre los que recaen los
derechos de los pacientes renales son |
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En nuestro país,
la Ley General de Salud (Ley
N026842) contempla en su Titulo Primero,
los derechos, deberes y responsabilidades concernientes
a la salud Individual, la mayoría de
ellos en sus primeros 21 artículos.
Muchas son las razones por
la cual los derechos de los pacientes
no se cumplen en nuestro país, este
desconocimiento esta en proporción
directa a la menor condición
socioeconómica del usuario, al grado
de profesionalización de los médicos y
personal de salud relacionados y
a que la demanda de atención sobrepasa con
creces el nivel de oferta
que pueden brindar los sistemas de salud
El incremento de la demanda y de la oferta
de servicios médicos tanto del
Estado como de particulares ha propiciado
el mayor contacto entre los operadores
de la salud con él publico
usuario, estableciéndose como consecuencia
un conjunto de interacciones conflictivas que
involucran a establecimientos de salud (Minsa,
Essalud, etc.), profesionales de la
salud, trabajadores de la salud,
compañías de seguro de
salud y usuarios.
Muchas de estas interacciones conflictivas
derivan de la poca transparencia y de
la escasa y mala comunicación
entre los actores sanitarios y los pacientes. Ello
surge del desconocimiento y la falta
de voluntad de los profesionales de
la salud en conocer y respetar los derechos de
los pacientes.
En el Acto Medico se han establecido algunas
características ya conocidas
como: |
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Con relación
a las exigencias del acto
Medico se tiene que ser: |
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Confiable. |
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Respetuoso. |
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Cómodo. |
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Completo. |
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Libre. |
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Valoración
Justa. |
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La responsabilidad
medica debe basarse en ser Humanística,
con responsabilidades y reglamentada
El derecho de los pacientes esta enmarcado
en algunos postulados como: |
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Fuente de fortalecimiento
de la individualidad y de la persona. |
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Dependen
de un poder exterior y otro superior
en los cuales actúa él
medico, el Estado, el Colegio medico
y los abogados. |
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Institución Social aceptada
colectivamente como imperativa. |
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Cautelan del,
la ética medica, el médico,
los profesionales de la salud. |
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Derechos
del Paciente Renal
Los siguientes son
algunos de los derechos de los
usuarios de los servicios de
salud, todos son aplicables a los
pacientes que padecen de Insuficiencia Renal
Crónica
Terminal sometidos a terapias
de reemplazo renal: |
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Recibir atención medica adecuada
La
atención medica, en este
caso debe ser integral,
es decir en la evaluación por
las diversas especialidades que evalúan
a estos pacientes como son: Nefrología, Nutricion, Psicologia,
Cardiología, Cirugía vascular,
etc. Asimismo dicha
atención debe ser otorgada
por personal preparado. Por
ultimo el paciente debe
exigir que los bienes utilizados en
su evaluación y tratamiento deben cumplir con
los estándares de
calidad recomendados. |
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Recibir atención Medica adecuada
en Centros de Diálisis que
cuenten con Infraestructura
Adecuada, con equipos e insumos
de calidad.
El paciente debe exigir que
los Equipos, instrumental e
insumos utilizados en
su tratamiento deben cumplir con
los estándares de calidad internacional.
En ese sentido las autoridades
de salud responsables deberían contratar Servicios
de Diálisis que
cumplan Especificaciones
Técnicas Internacionales. Probablemente en
el futuro debería
incorporarse a los representantes
de los usuarios elegidos
democráticamente, en la evaluación
de dichos centros. |
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Libertad
de Elegir el Centro
de diálisis
Este derecho debe ser exigido
por los pacientes que vienen siendo
sometidos a Hemodiálisis ya
sea a través de Essalud y
del Minsa. El paciente debe elegir el Centro de
diálisis más
cercano a su domicilio
y /o centro de labores o estudio,esta
elección debe ser libre y
a criterio del paciente y
sin recibir presión
de ningún funcionario o
personal asistencial. Lo mencionado
esta explicito en el
contrato que establece Essalud
con los centros de diálisis en
las Especificaciones Técnicas en
el ítem III y en el numeral
7.5, el cual dice a la letra: Los
pacientes asegurados que viene recibiendo
atención en un Centro de Hemodiálisis
contratado por Salud podrán
voluntariamente solicitar ser
atendidos en otro centro, para lo
cual el Centro de hemodiálisis
de Essalud procederá a
su reubicación. |
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Tener un trato digno y
respetuoso
Deben exigir el respeto
de su personalidad, dignidad humana
e intimidad, sin que pueda
ser discriminado pro razones
de raza, de estrato social, de
sexo, moral, económico,
ideológico, político
o sindical.
Los médicos, enfermeras el todo personal
implicado en el tratamiento dialítico
deben identificarse con el
paciente, brindarle un buen
trato y no discriminarlo. |
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Acceder a la mayor y
mejor Información sobre
los servicios sanitarios
a los que puede acceder y
sobre los requisitos
necesarios para su uso.
El paciente tiene derecho
a ser informado claramente
y en términos comprensibles
sobre su estado de salud, sobre
los tratamientos requeridos,
así como de las consecuencias y
los riesgos que ellos implican,
esta infamación debe ser
brindada al y a sus familiares
o allegados.
Esta información debe ser completa y
continuada verbal y escrita
si fuera el caso, sobre su
proceso, incluyendo diagnostico,
pronostico y alternativas de
tratamiento, así como la
información regular (mensual)
de sus resultados de laboratorio
y de las medidas a tomar.
Debe promoverse el Empoderamiento del
usuario, a través de una información
continuada y de calidad sobre los
servicios de salud renal que se
prestan.
También tiene derecho
a que se le explique el pronostico
y los costos del tratamiento |
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Consentimiento Informado
No
se podrá brindar la
atención sin la autorización
de la persona. Asimismo esta podrá rechazarla,
interrumpir el tratamiento
o abandonar el establecimiento sanitario si
lo desea.
A elegir libremente entre
las opciones que le presente el responsable
medico de su caso, siendo preciso el
previo Consentimiento Informado escrito
del usuario para la realización
de cualquier intervención,
excepto en los siguientes casos: |
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Cuando
la no intervención suponga un
riesgo para la salud publica |
| - |
Cuando
no este capacitado para tomar decisiones,
en cuyo caso el
derecho corresponderá a sus
familiares y allegados |
| - |
Cuando la
urgencia no permita demoras
por poderse ocasionar lesiones irreversibles
o existir peligro de muerte. |
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Contar
con un expediente clínico
La
atención medica recibida estará debidamente
escrita en forma clara en
un expediente clínico. En
este documento se encontrara
la Historia medica
nefrologica del paciente, los diagnósticos,
la evolución de
su enfermedad, los detalles de su
tratamiento, los exámenes periódicos de
laboratorio, etc. |
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Contar
con el secreto profesional y la
debida confidencialidad
El
paciente tiene derecho a
que la información brindada por
los médicos se maneje de
manera confidencial y que no se
divulgue sin previa autorización
de su parte, incluso después
de su muerte. |
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Recibir atención medica
de urgencia
Los centros de salud públicos o
privados están en la obligación
de brindar la atención
de urgencia a cualquier persona cuya vida este
en peligro. |
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Dar
a conocer decisiones
anticipadas a los representantes
terapéuticos
El paciente debe dar
directivas y
especificara el tipo de tratamiento de reemplazo
renal que desea recibir. |
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Poder Reclamar o emitir
la queja correspondiente a lo
que considere para lograr lo
justo
El paciente tiene derecho a ser
escuchado y a recibir una
respuesta cuando no este conforme
con la atención medica recibida.
En nuestro País la
cultura de reclamo es
muy baja, menor del 10 % de los casos
potenciales.
El reclamo debe ser tomado
como una Oportunidad de Mejora
por parte de los funcionarios
del Sistema de salud, así como
por los médicos y enfermeras
de diálisis. Lamentablemente en
nuestra sociedad, muchas veces es
tomado como fuente de mayor
maltrato al usuario. |
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Entrega
de Certificación
de su estado de salud
El
paciente tiene derecho a solicitar el
certificado de su salud cuando su exigencia se
establezca por una disposición
legal o reglamentaria. |
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No
ser sometido, sin su consentimiento
a exploraciones,
tratamientos o exhibiciones con fines
docentes.
El paciente debe ser advertido
de si los procedimientos de
pronostico, diagnósticos
y terapéuticos que
se apliquen, pueden ser utilizados en
función de un proyecto docente
o de investigación, que,
en ningún caso, podrá comportar peligro
adicional para su salud. En todo
caso, será imprescindible
la previa autorización
y por escrito del paciente
y la aceptación por
parte del medico y de la dirección
del correspondiente centro sanitario. |
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Deberes
del Paciente Renal Sin embargo, en nuestro país estamos acostumbrados a
mencionar y exigir nuestros derechos, dejando olvidado el
tema de los Deberes, los cuales son a
mi entender tan importantes como los Derechos,
a continuación detallo algunos de los deberes
del paciente renal: |
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Cumplir
las prescripciones generales de
naturaleza sanitaria.
Las
cuales son comunes
a toda la población, así como
las especificas determinadas por
los servicios sanitarios.
Los pacientes deben cumplir
con el tratamiento medicamentoso
(Vitamina D3, complejo B, ácido
fólico, Eritropoyetina,
carbonato de calcio) en forma regular,
como ha sido indicado
por los facultativos.
Es cierto que para ello, se
requiera que el Sistema Sanitario
provea dichas medicinas en forma
regular y oportuna. Una sugerencia es
que dichas medicinas sean
brindadas por los centros de
diálisis e incluir los
costos en la estructura tarifaria.
Otra alternativa seria brindarles la
medicación en
el centro de diálisis a
través de sus comités
evaluadores periódicos. |
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Cuidar las Instalaciones del
centro Sanitario, y colaborar
en el mantenimiento de la habitabilidad
de las Instituciones Sanitarias.
Debe mantener ciertas normas civiles,
como evitar botar
papeles en el piso, evitar escupir
en el piso, evitar escribir en
los mobiliarios de la Institución, etc. |
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Responsabilizarse
del uso adecuado de las prestaciones ofrecidas
por el sistema sanitario.
Fundamentalmente
en lo concerniente a
la utilización de los servicios,
procedimientos de baja laboral,
incapacidad permanente y prestaciones terapéuticas sociales. |
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Ser puntual para
el inicio de las sesiones
de Hemodiálisis
Pues la tardanza inicial
en algún turno origina el consecuente
retraso en
el inicio del turno de diálisis siguiente,
perjudicando así a
los usuarios de los siguientes turnos
de diálisis. |
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Mantener un régimen
dietario y de ingesta de líquidos,
de acuerdo a las
indicaciones de los profesionales
de salud.
Evitando así, situaciones
de emergencia sea por
sobre hidratación y de hiperkalemia que
pudieran poner en riesgo su
salud. |
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Mantener una relación respetuosa con
los profesionales de Salud Renal
La cual también
debe ser extensiva a los demás
pacientes que acuden
al centro de diálisis,
con los cuales debe promoverse el
compañerismo y la solidaridad.
Deben mantener el respeto
de la personalidad, dignidad humana
e intimidad de los demás usuarios,
sin que ninguno pueda
ser discriminado por razones
de raza, de estrato social, de
sexo, moral, económico,
ideológico, político
o sindical. |
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Debe
mantener una buena Higiene
Personal.
Asimismo debe mantener una
higiene prolija del brazo donde
se encuentra la fístula
arteriovenosa. Previo al ingreso a
la Sala de Hemodiálisis deberá lavarse
el mencionado brazo con jabón
desinfectante y secarse con papel
descartable. |
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Firmar el documento de Retiro Voluntario
de la Institución,
en caso de no aceptación
del tratamiento.
De negarse a ello, la
dirección del correspondiente centro
sanitario, a propuesta del facultativo
encargado del caso podrá dar
el alta y reservarse el
derecho a denunciar el caso. |
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Debe asistir e
forma regular a las
Charlas Educativas
El centro
de diálisis programa con
anticipación el rol
de charlas educativas para
pacientes y familiares. |
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Defensoria
del paciente
Entidad que debe velar por
los derechos de
los pacientes, recibir e investigar
las quejas y reclamos de
los usuarios e impulsar la calidad
de los servicios sanitarios.
En nuestro País se han institucionalizado y
creado las respectivas defensorias en las siguientes instituciones:
Superintendencia de Entidades Prestadoras
de Salud:
Avenida Velasco Astete
1398 Surco. 3726150 / 3726127 Fax
3726144
Mail: ceconar@seps.gob.pe
Ministerio
de Salud (MINSA):
Avenida Salaverry
cuadra 8 s/n 2do Piso. 0800-10828 (linea
gratuita) Fax 3156600 anexo 2134.
Mail : transparencia@minsa gob.pe
Seguro Social del Perú (ESSALUD):
Avenida Arenales 1302, oficina 320. 2656000
anexo 2080.
Mail: defensoriadelasegurado@essalud.gob.pe
Dr. Fernando Vasquez Mendoza
Nefrología – Magíster en Gerencia
en Salud
CMP
18879 RE 9005
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